Carta del SOC de Almeria dirigida al Subdelegado de Gobierno de la provincia el 29 de junio para protestar contra las politicas actuales hacia las personas migrantes.
A/A Sr. Subdelegado del Gobierno en AlmerÃa.
Como Ud. sabrá existe un malestar generalizado entre la población inmigrante residente en esta provincia respecto al derecho que como personas y como trabajadores tenemos de vivir en familia. En los últimos meses el legÃtimo ejercicio de este derecho ha sido restringido y menoscabado por una polÃtica estatal –no declarada- que aparentemente pretende retrasar, cuando no evitar, la reagrupación de las familias de los residentes extranjeros no comunitarios. En AlmerÃa los criterios son aún más rigurosos que en otras provincias. Todo ello en defensa de un supuesto ideal de integración, cuando Ud. sabe, y lo saben los millones de emigrantes españoles dispersos por el mundo, que no hay mayor garantÃa de integración, arraigo y convivencia que la posibilidad de vivir en familia. Pareciera que es más importante para el Estado ahorrarse gastos en educación, salud y otros recursos sociales y mantener en la precariedad económica y afectiva a los trabajadores inmigrantes, mucho más importante que garantizar el derecho fundamental de vivir en familia, y que implementar una polÃtica eficaz de integración y convivencia.
En primer lugar es vergonzante el papel de los Consulados españoles en los paÃses de sur, en especial en Ã?frica, donde los trámites se alargan por meses y años, y se mantiene una actitud de menosprecio hacia los familiares. Éstos tienen que viajar muchÃsimos kilómetros para cada trámite, hacer inmensas colas, esperar meses entre cita y cita, y encontrarse muchas veces al fin del camino con denegaciones erróneas o arbitrarias. El trabajador reagrupante nada puede hacer desde España, más que sufrir y desesperarse, ya que las distintas Administraciones no están coordinadas entre sà y es imposible intervenir desde AlmerÃa en el proceso de obtención de visados para su familia. Todo este entramado burocrático –sin garantÃas para el administrado- provoca en torno a los Consulados, el surgimiento de mafias y situaciones de corrupción, que se aprovechan de la situación.
Y en lo que respecta a los requisitos exigidos al trabajador residente en territorio español, además de contar con un alojamiento adecuado se le pide que pruebe que dispone de “medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupadaâ€? (Art.18.2 LOEx). Dado que la ley no precisa la cuantÃa de los medios de vida, cada Administración provincial ha ido fijando y variando sus criterios, resultando que de acuerdo a donde se resida resultará más fácil o más difÃcil reagrupar a su familia. AlmerÃa en ese sentido se encuentra actualmente a la cabeza de las provincias más restrictivas, ya que se ha fijado un mÃnimo de 320 euros por miembro familiar durante los últimos seis meses (se exigen 6 nóminas) y observándose en el campo la vida laboral del año anterior.
Esto significa
1) que el trabajador al que no se le declaran todos los dÃas de trabajo, lo que es habitual en el campo y sucede bastante en los otros sectores precarios en que trabajan los inmigrantes, se le castiga -no al empresario, sino al trabajador- con la imposibilidad de vivir con su familia.
2) que aún cuando al inmigrante se le declaren los dÃas efectivamente trabajados y se le pague según convenio, significa que según el sector económico o la categorÃa del trabajador, asà tendrÃa derecho a reagrupar más o menos miembros de su familia. En el campo no podrÃa reagrupar más que a su mujer y un hijo, con problemas para el segundo; en la construcción podrÃa reagrupar a su mujer y dos hijos, con problemas para el tercero; y asÃ,...
Esta situación surrealista y arbitraria obedece a que en lugar de tener en cuenta lo que verdaderamente ingresa un inmigrante o un trabajador español, y los mÃnimos que fijan los convenios colectivos, se ha calculado de acuerdo a las necesidades que fija el Instituto Nacional de EstadÃstica. En la práctica se está generando un nuevo negocio en perjuicio de los inmigrantes ya que los empresarios cobran a sus empleados por librarles las nóminas legales, como normalmente deberÃan hacerlo. Más requisitos se exijan, más cobrarán mafias y empresarios por los documentos requeridos.
En virtud de esta situación y considerando que las medidas sobre reagrupación familiar deben adoptarse de conformidad con la obligación de proteger la familia y respetar la vida familiar que se consagra en numerosos instrumentos del Derecho Internacional, entre ellos el art. 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y los arts. 7 y 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (conforme a Directiva 2003/86/CE y STJCE de 27 de junio de 2006), hacemos llegar al Sr. Subdelegado la siguiente PETICIÓN:
1) Que de manera urgente esta Subdelegación del Gobierno intervenga decididamente en exigir al Gobierno Central la implementación un servicio digno, rápido, eficaz y no discriminatorio en los Consulados Españoles –tal como si se tratara de administrados españoles-, asà como garantÃas en la tramitación de los expedientes de visados que permitan su control y seguimiento por parte del reagrupante y que evite arbitrariedades y “erroresâ€? tan perjudiciales para las personas implicadas.
2) Que en cuanto al cálculo de los ingresos necesarios para reagrupar a sus familias se tenga en cuenta la cuantÃa de los salarios y las pensiones mÃnimas efectivamente vigentes en esta provincia (conforme al Art. 7.1 de la Directiva 2003/86/CE de 22 de septiembre, sobre el derecho a la reagrupación familiar), a fin de garantizar en pié de igualdad con cualquier trabajador el derecho a vivir en familia. Si los ingresos estadÃsticamente necesarios para sostener una familia superan lo fijado en el SMI o en los convenios, consideramos que en lugar de castigar aún más a la “vÃctimaâ€? se deberÃaN aumentar dichos mÃnimos, como corresponde a un Estado social y democrático de derecho.
3) Que sólo se exijan tres nóminas y que cuando un trabajador no pueda probar los ingresos realmente percibidos debido a que el empresario no ha declarado la totalidad de los dÃas trabajados, se actúe decididamente a través de la Inspección de Trabajo y TesorerÃa de la Seguridad a fin de corregir este fraude, en lugar de castigar al trabajador que nada puede hacer para evitarlo. La correspondiente denuncia a la Inspección de Trabajo, fundamentada y apoyada en pruebas verosÃmiles, deberÃa bastar para garantizar al trabajador su derecho a vivir en familia.
Agradeciendo su atención y confiando en su compromiso personal con el respeto y la garantÃa del derecho fundamental a la vida familiar para los trabajadores almerienses inmigrados, le saludamos a Ud. muy atentamente, a la espera de que haga lugar en el menor plazo posible a las peticiones presentadas.
En AlmerÃa, a 29 de Junio de 2007.-
Por el SOC-SAT AlmerÃa: